domingo, 18 de octubre de 2009

CAPÍTULO V (2ª Parte)

“D. Felipe, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León…. Administrador perpetuo de la Orden y Caballería de Santiago por autoridad apostólica.

Por cuanto y por parte de vos D. Alonso de Ortega y Ponce de León y Toledo, caballero de la dicha orden, vecino de la Villa de Guadalcanal, se me hizo relación que D. Alonso Carranco de Ortega, vuestro segundo abuelo, había labrado a su costa una ermita a Nuestra Sra. de Guaditoca, en el sitio del Encinal, término de dicha Villa para trasladar a ella a su Divina Magestad, por ser la que tenía corta y indecente; con licencia que para ello obtuvo del licenciado D. Francisco Caballero de Yegros, Religioso de la referida orden, siendo Vicario general de la Provincia de León, que original presentábades; y que después por parte de don Pedro de Ortega Freire, vuestro abuelo, se solicitó ante el licenciado D. Tirso Gutiérrez de Lozano, Vicario general que así mismo fue de dicha Provincia de León, no se le desembarazase el uso de una puerta que de dicha ermita entraba a una casa contigua a ella para efecto de su mayor asistencia y cuidado, lo que se le concedió y en esta forma el dicho D. Pedro Alonso Damián, vuestro padre y vos habíades estado cuidando del ornato y decencia de dicha ermita, habiendo conseguido un Jubileo para el mayor culto de dicha Sta. Imagen y asistencia de devotos, y que mediante ser vos, el dicho don Alonso segundo nieto del expresado D. Alonso Carranco de Ortega, que fue el que había labrado la referida ermita, como constaba de la información que también presentábades, me suplicásteis fuese servido declararos por Patrono de dicha ermita y que para que se os diese la posesión, mandaros dar el despacho necesario, cometido al Provisor de la Ciudad de Llerena, o al Vicario general de dicha provincia o como la mi Merced fuese, y visto en el mi Consejo de las Ordenes juntamente con la licencia e información citadas, y lo que en su razón se dijo por el fiscal, por Auto de 4 de Julio pasado de este presente año y entre otras cosas se acordó que el Vicario de la dicha Villa de Guadalcanal me informase del origen de esta Santa Imagen, antigüedad de la ermita y si estaba agregada a curato de dicha Villa, y para ello se dio despacho a nueve de dicho mes; y habiendo ejecutado dicho Vicario el expresado informe, por donde constó ser cierta vuestra relación de estar fabricada dicha ermita en tierras donde sucedió el dicho vuestro segundo abuelo D. Alonso Carranco de Ortega, la especial devoción de vuestra casa a dicha Santa Imagen, no estar agregada a curato alguno y otras cosas; visto el dicho informe, los antecedentes con que se juntó y lo que asimismo se dijo sobre todo por el dicho mi fiscal, por auto del dicho mi Consejo de veinte y siete de Agosto próximo pasado, fue acordado se os despache título de Administrador de dicha ermita para Vos y vuestros sucesores en nombre de dicha Orden; yo lo he tenido y tengo por bien y de dar para ello esta mi carta por la que, atendiendo a lo que va expresado y los servicios que habéis hecho a mí y a la dicha Orden y espero que haréis, os elijo y nombro por Administrador de dicha ermita de Nuestra Señora de Guaditoca, a vos dicho D. Alonso de Ortega Ponce de León, por todos los días y después de Vos a vuestros sucesores, en nombre de la dicha Orden de Santiago, y es mi voluntad que como tal cuidéis de la conservación, culto, decencia, servicio y ornato de la dicha ermita y Santa Imagen, y cualesquier bienes, efectos y limosnas, que en cualquier manera le pertenecieren y de la distribución de todo ello en lo que va referido, tomando cuentas a las personas que lo hubiesen tenido, o en adelante tuviesen a su cargo, cobrando los alcances y efectuando todo lo demás que sea conveniente y favorable a dicha ermita como tal Administrador, en nombre y por la representación de la dicha Orden, para todo lo cual y todo lo a ello anejo y dependiente os doy poder y comisión en forma, y que de todo lo que recibiéredes, cobráredes y distribuyéredes, tengáis libro de cuenta y razón, para que lo podáis dar a los mis visitadores de la dicha Orden o a cualquier que mandare cada y cuando os fuere pedida: y mando al Vicario general de dicha Provincia, Provisor de la ciudad de Llerena y Vicario de la dicha Villa de Guadalcanal, y al Consejo Justicias y Regimiento, Caballeros, Escuderos, Oficiales y hombres buenos de ella y a otras cualesquier personas, jueces y justicias, así eclesiástica como seculares, a quien lo aquí contenido toca o tocar puede cualquier manera os den y hagan dar la posesión, uso y ejercicio de la Administración de dicha ermita, en mi nombre y de la dicha Orden de Santiago, y os reciban, hayan y tengan como tal administrador en todas las cosas a dicho cargo anejas y pertenecientes, y os guarden y hagan guardar todas las honras, gracias, mercedes, franquezas, libertades, preeminencias, prorrogativas, y todas las otras cosas que debéis haber y gozar, y os deben ser guardados todo bien y cumplidamente sin que falta cosa alguna, y que en ello ni en parte de ello impedimento ni embarazo alguno no os pongan, ni consientan poner, que yo por la presente os recibo al ejercicio y uso de la dicha Administración, caso que por los susodichos o parte de ellos, a ella no seáis admitido y que os entreguen y haga entregar, por inventario y en forma todas las escripturas y papeles, bienes muebles y raíces, joyas, plata, vestidos, ornamentos, maravedies, vino, pan y todas las otras cosas que en cualesquier manera o por cualquier causa o razón tocasen o pertenecieren a dicha ermita; y es mi merced y voluntad que en la manera que dicha es, tengáis la dicha Administración para Vos en toda vuestra vida, y después de Vos a los sucesores en vuestra casa con calidad de que cada uno en su tiempo tenga obligación de sacar en su cabeza Título, y no de otra suerte, el que me le dará constando ser tal sucesor; de lo cual mandé dar y di esta mi carta sellada con el sello de la dicha Orden. En Balsain a 4 de Septiembre de mil setecientos veinte y dos años. = Yo el Rey = Yo D. Diego de Morales, secretario del Rey nuestro Señor, la hice escribir por su mandato.” (44)
Recibida la Real Cédula, tan honrosa para el Marqués de San Antonio, la presentó a la Villa en 20 de Octubre del mismo año y tomó posesión de la administración del Santuario, dándosela el Sr. D. Bartolomé Díaz, Juez eclesiástico ordinario de la Villa, en presencia de los testigos D. Juan de Ortega, don Juan Pérez Carrasco y Salvador Sánchez, vecinos de Guadalcanal, dando fe el notario Manuel José del Castillo, en 10 de Noviembre de 1722.
Un cambio fundamental se obró en el régimen del Santuario de Nuestra Patrona; sin en los primeros años, y aún en otros posteriores, fue beneficioso al culto de la Santísima Virgen el reconocimiento del Patronato en la familia de los Ortegas, a la larga fue perjudicial; y lo que, tal vez con la más pura y recta de las intenciones y con deseo sincero y positivo de aumentar el culto y devoción a la Virgen de Guaditoca, se esforzó en conseguir D. Alonso Ortega Toledo, al llegar el siglo XIX, dio origen a disgustos graves, perdiéndose cuanto reunió la piedad de los fieles.