miércoles, 24 de febrero de 2010

AVISO IMPORTANTE

Comunicamos a todos los hermanos y devotos de Nuestra Señora de Guaditoca, Patrona de Guadalcanal, que la tradicional misa del último domingo de mes en el Santuario de Nuestra Patrona se celebrará en esta ocasión el próximo lunes 1 de marzo (festivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía) a las 12 de la mañana, en lugar del próximo domingo 28 de febrero como está previsto según nuestras Sagradas Reglas.

Este cambio de última hora se debe a motivos parroquiales que nos ha comunicado a nuestra Hermandad nuestro párroco Don Juan Carlos de la Rosa Egea.

Sin otro particular, esperamos la asistencia de todos los fieles devotos a esta cita mensual con nuestra Patrona.

domingo, 21 de febrero de 2010

Viacrucis penitencial de las Hermandades y Cofradías de Guadalcanal

El pasado sábado 20 de marzo, primero de Cuaresma, se celebró el anual Viacrucis Penitencial que celebran las Hermandades y Cofradías de penitencia de nuestro pueblo, presidido en esta ocasión por la Sagrada Imagen del Santísimo Cristo de las Aguas, titular de la Hermandad de las Tres Horas de Guadalcanal.

El acto tuvo lugar a partir de las 21.00 horas, una vez finalizada la Solemne Función Principal de Instituto de la Hermandad de la Santa Vera Cruz, y estuvo acompañado por multitud de cofrades de nuestro pueblo, entre ellos, la representacióon de todas las Hermandades Locales, que leyeron algunas de las Estaciones del Viacrucis.

Concretamente, nuestra Hermandad estuvo representada por Maria del Carmen Moreno Díaz(que leyó la octava estación del Viacrucis).
Ofrecemos dos instantáneas del acto, publicadas en la página web de la Hermandad de las Tres Horas.

miércoles, 17 de febrero de 2010

Mensaje de S.S. el Papa con motivo de la Cuaresma


"Cada año, con ocasión de la Cuaresma, la Iglesia nos invita a una sincera revisión de nuestra vida a la luz de las enseñanzas evangélicas. Este año quiero proponeros algunas reflexiones sobre el vasto tema de la justicia, partiendo de la afirmación paulina: La justicia de Dios se ha manifestado por la fe en Jesucristo (cf. Rm 3,21-22).Me detengo, en primer lugar, en el significado de la palabra "justicia", que en el lenguaje común implica "dar a cada uno lo suyo" - "dare cuique suum", según la famosa expresión de Ulpiano, un jurista romano del siglo III. Sin embargo, esta clásica definición no aclara en realidad en qué consiste "lo suyo" que hay que asegurar a cada uno. Aquello de lo que el hombre tiene más necesidad no se le puede garantizar por ley. Para gozar de una existencia en plenitud, necesita algo más íntimo que se le puede conceder sólo gratuitamente: podríamos decir que el hombre vive del amor que sólo Dios, que lo ha creado a su imagen y semejanza, puede comunicarle. Los bienes materiales ciertamente son útiles y necesarios (es más, Jesús mismo se preocupó de curar a los enfermos, de dar de comer a la multitud que lo seguía y sin duda condena la indiferencia que también hoy provoca la muerte de centenares de millones de seres humanos por falta de alimentos, de agua y de medicinas), pero la justicia "distributiva" no proporciona al ser humano todo "lo suyo" que le corresponde. Este, además del pan y más que el pan, necesita a Dios.


Observa san Agustín: si "la justicia es la virtud que distribuye a cada uno lo suyo… no es justicia humana la que aparta al hombre del verdadero Dios" (De Civitate Dei, XIX, 21)."El evangelista Marcos refiere las siguientes palabras de Jesús, que se sitúan en el debate de aquel tiempo sobre lo que es puro y lo que es impuro: "Nada hay fuera del hombre que, entrando en él, pueda contaminarle; sino lo que sale del hombre, eso es lo que contamina al hombre… Lo que sale del hombre, eso es lo que contamina al hombre. Porque de dentro, del corazón de los hombres, salen las intenciones malas" (Mc 7,15. 20-21). Más allá de la cuestión inmediata relativa a los alimentos, podemos ver en la reacción de los fariseos una tentación permanente del hombre: la de identificar el origen del mal en una causa exterior. Muchas de las ideologías modernas tienen, si nos fijamos bien, este presupuesto: dado que la injusticia viene "de fuera", para que reine la justicia es suficiente con eliminar las causas exteriores que impiden su puesta en práctica. Esta manera de pensar -advierte Jesús- es ingenua y miope. La injusticia, fruto del mal, no tiene raíces exclusivamente externas; tiene su origen en el corazón humano, donde se encuentra el germen de una misteriosa convivencia con el mal. Lo reconoce amargamente el salmista: "Mira, en la culpa nací, pecador me concibió mi madre" (Sal 51,7). Sí, el hombre es frágil a causa de un impulso profundo, que lo mortifica en la capacidad de entrar en comunión con el prójimo. Abierto por naturaleza al libre flujo del compartir, siente dentro de sí una extraña fuerza de gravedad que lo lleva a replegarse en sí mismo, a imponerse por encima de los demás y contra ellos: es el egoísmo, consecuencia de la culpa original. Adán y Eva, seducidos por la mentira de Satanás, aferrando el misterioso fruto en contra del mandamiento divino, sustituyeron la lógica del confiar en el Amor por la de la sospecha y la competición; la lógica del recibir, del esperar confiado los dones del Otro, por la lógica ansiosa del aferrar y del actuar por su cuenta (cf. Gn 3,1-6), experimentando como resultado un sentimiento de inquietud y de incertidumbre.


¿Cómo puede el hombre librarse de este impulso egoísta y abrirse al amor?En el corazón de la sabiduría de Israel encontramos un vínculo profundo entre la fe en el Dios que "levanta del polvo al desvalido" (Sal 113,7) y la justicia para con el prójimo. Lo expresa bien la misma palabra que en hebreo indica la virtud de la justicia: sedaqad,. En efecto, sedaqad significa, por una parte, aceptación plena de la voluntad del Dios de Israel; por otra, equidad con el prójimo (cf. Ex 20,12-17), en especial con el pobre, el forastero, el huérfano y la viuda (cf. Dt 10,18-19). Pero los dos significados están relacionados, porque dar al pobre, para el israelita, no es otra cosa que dar a Dios, que se ha apiadado de la miseria de su pueblo, lo que le debe. No es casualidad que el don de las tablas de la Ley a Moisés, en el monte Sinaí, suceda después del paso del Mar Rojo. Es decir, escuchar la Ley presupone la fe en el Dios que ha sido el primero en "escuchar el clamor" de su pueblo y "ha bajado para librarle de la mano de los egipcios" (cf. Ex 3,8). Dios está atento al grito del desdichado y como respuesta pide que se le escuche: pide justicia con el pobre (cf. Si 4,4-5.8-9), el forastero (cf. Ex 20,22), el esclavo (cf. Dt 15,12-18). Por lo tanto, para entrar en la justicia es necesario salir de esa ilusión de autosuficiencia, del profundo estado de cerrazón, que es el origen de nuestra injusticia. En otras palabras, es necesario un "éxodo" más profundo que el que Dios obró con Moisés, una liberación del corazón, que la palabra de la Ley, por sí sola, no tiene el poder de realizar. ¿Existe, pues, esperanza de justicia para el hombre?El anuncio cristiano responde positivamente a la sed de justicia del hombre, como afirma el Apóstol Pablo en la Carta a los Romanos: "Ahora, independientemente de la ley, la justicia de Dios se ha manifestado… por la fe en Jesucristo, para todos los que creen, pues no hay diferencia alguna; todos pecaron y están privados de la gloria de Dios, y son justificados por el don de su gracia, en virtud de la redención realizada en Cristo Jesús, a quien exhibió Dios como instrumento de propiciación por su propia sangre, mediante la fe, para mostrar su justicia (Rm 3,21-25).¿Cuál es, pues, la justicia de Cristo? Es, ante todo, la justicia que viene de la gracia, donde no es el hombre que repara, se cura a sí mismo y a los demás. El hecho de que la "propiciación" tenga lugar en la "sangre" de Jesús significa que no son los sacrificios del hombre los que le libran del peso de las culpas, sino el gesto del amor de Dios que se abre hasta el extremo, hasta aceptar en sí mismo la "maldición" que corresponde al hombre, a fin de transmitirle en cambio la "bendición" que corresponde a Dios (cf. Ga 3,13-14). Pero esto suscita en seguida una objeción: ¿qué justicia existe dónde el justo muere en lugar del culpable y el culpable recibe en cambio la bendición que corresponde al justo? Cada uno no recibe de este modo lo contrario de "lo suyo"? En realidad, aquí se manifiesta la justicia divina, profundamente distinta de la humana. Dios ha pagado por nosotros en su Hijo el precio del rescate, un precio verdaderamente exorbitante. Frente a la justicia de la Cruz, el hombre se puede rebelar, porque pone de manifiesto que el hombre no es un ser autárquico, sino que necesita de Otro para ser plenamente él mismo. Convertirse a Cristo, creer en el Evangelio, significa precisamente esto: salir de la ilusión de la autosuficiencia para descubrir y aceptar la propia indigencia, indigencia de los demás y de Dios, exigencia de su perdón y de su amistad.Se entiende, entonces, como la fe no es un hecho natural, cómodo, obvio: hace falta humildad para aceptar tener necesidad de Otro que me libere de lo "mío", para darme gratuitamente lo "suyo". Esto sucede especialmente en los sacramentos de la Penitencia y de la Eucaristía. Gracias a la acción de Cristo, nosotros podemos entrar en la justicia "más grande", que es la del amor (cf. Rm 13,8-10), la justicia de quien en cualquier caso se siente siempre más deudor que acreedor, porque ha recibido más de lo que podía esperar.Precisamente por la fuerza de esta experiencia, el cristiano se ve impulsado a contribuir a la formación de sociedades justas, donde todos reciban lo necesario para vivir según su propia dignidad de hombres y donde la justicia sea vivificada por el amor.Queridos hermanos y hermanas, la Cuaresma culmina en el Triduo Pascual, en el que este año volveremos a celebrar la justicia divina, que es plenitud de caridad, de don y de salvación. Que este tiempo penitencial sea para todos los cristianos un tiempo de auténtica conversión y de intenso conocimiento del misterio de Cristo, que vino para cumplir toda justicia. Con estos sentimientos, os imparto a todos de corazón la bendición apostólica".

miércoles, 10 de febrero de 2010

Capítulo VIII (2ª Parte)

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Nombró por Patronos de la Capellanía, al Cura de Santa María y al Guardián del Convento de San Francisco.
Entre los legados, dejó 200 reales para el Santísimo Sacramento y “otros doscientos reales a mi Madre y Señora de Guaditoca, para ayuda a que se hagan unas vinagreras de plata.” (61)
El día primero de Noviembre de 1755 se sintió en Guadalcanal un terremoto, que llenó de consternación al vecindario, que presuroso acudió en demanda de protección y amparo a su celestial Patrona la Virgen de Guaditoca; la cual no desoyó los ruegos y súplicas de sus hijos. La villa consignó en sus actas de Cabildo su gratitud a tan excelsa Abogada, y acordó celebrar fiesta de acción de gracias, por auto de 11 de Noviembre, que dice así:
“Los Señores Justicias y Regimiento que abajo firmarán, juntos en su sala capitular como es costumbre, dijeron que día primero de este mes a las diez de la mañana, se experimentó en esta villa un temblor de tierra considerable y dilatado; pero gracias a Dios no sucedió desgracia alguna, ni ruina en los edificios, cuando en muchos lugares distantes y cercanos de esta villa han sucedido muchísimas desgracias en personas y edificios; y reconocido este pueblo a tan gran beneficio, que cree haber recibido, por intercesión de su patrona y abogada María Santísima de Guaditoca, y para manifestar este reconocimiento y dar gracias a nuestro Señor y a su Madre benditísima, se conformaron sus mercedes en que se traiga a esta villa la dicha Imagen en la misma forma que otras veces, para colocarla en la Iglesia mayor y hacerle un novenario con asistencia de la Villa y las cuatro Comunidades; y para disponer lo que sea necesario para el mayor culto y veneración de tan milagrosa Imagen, nombraron por comisarios sus mercedes a los señores don Andrés y don Ignacio de Ortega, Cristóbal Jiménez Caballero, D. Diego Maeda, D. Francisco Venero y Alonso López de la Vera, Regidores de este Ayuntamiento, quedando del cargo de sus mercedes el dar recado a los señores Curas y Guardián de las tres parroquias y convento de nuestro padre S. Francisco, como así mismo el dar aviso a las Hermandades de nuestra Señora de las villas de Berlanga, Valverde y Ahillones. Y se dará recado al Patrono de dicha Imagen.”
Por su parte el Clero de Santa María tomó acuerdo, años después, para manifestar su gratitud al Señor.
El acuerdo de la comunidad, se tomó en 1º de Noviembre de 1759, a propuesta del Párroco D. Juan de Ortega, quien así habló: “Señores; no duden vuestras mercedes los beneficios que debimos a Dios, día de todos los Santos del año de cincuenta y cinco, pues amenazados de la ira del Señor, demostrada por el terrible y espantoso temblor de tierra y con el azote de su divina justicia levantado para descargarle sobre nosotros por nuestras culpas, vimos que, cuando esperábamos por instantes ser destruidos y aniquilados de su poderosa mano, experimentamos prontamente convertido su justo enojo en piedades y misericordias; y siendo debido el que nos mostremos agradecidos de algún modo, era de sentir que en acción de gracias (si le pareciese a la Comunidad) se cantase perpétuamente una Misa con Cristo Sacramentado y se hiciese con su Magestad una procesión alrededor de la plaza, haciéndose en ella dos altares, respecto que este fin contribuye la villa con su limosna, que es de diez y seis reales de vellón, que libra para cera el Administrador de propios, que se han de entregar al Mayordomo del Santísimo; pues así parece que lo ha acordado en su Ayuntamiento. A que todos conformes respondieron que era muy justo y arreglado; y así que, dando la Villa la expresada limosna, se hiciese y estableciese perpétuamente.” (62)
Se trajo la Santa Imagen de Nuestra Señora, en cumplimiento del acuerdo de la Villa, y han llegado a nosotros dos actas de la traslación.
La primera dice así:
“Francisco Morales Cejuela, Presbítero, Notario apostólico con aprobación ordinaria, certifico, doy fe y testimonio de verdad a los señores que el presente vieses, como hoy día de la fecha, siendo como a horas de las once de la mañana del día de la fecha, vi que el Licenciado D. Juan de Ortega Ponce de León, Cura de la Parroquia mayor de esta villa, con la Comunidad de dicha Parroquial y cruz alta, salieron a recibir a Nuestra Señora de Guaditoca, que se traía a este pueblo por el bienestar de no haber padecido desgracia alguna en el temblor de tierra que últimamente se padeció el día primero de este presente mes; y vi que procesionalmente dicho Cura con capa, estola, cruz alta y la Comunidad de dicha parroquial entraron con dicha Imagen en el Convento del Espíritu Santo, en donde dejaron dicha Imagen. Y para que conste, a petición de dicho Cursa, doy el presente que signo y firmo en la Villa de Guadalcanal a trece de Noviembre de mil setecientos cincuenta y cinco años = En testimonio de verdad, Francisco Morales de Cejuela.”
Al día siguiente levantó otro acta de la traslación de la Venerada Imagen a la parroquia mayor, y dice así: “Francisco Morales Cejuela... doy fe como hoy día de la fecha vi que la Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca bajó desde el Convento del Espíritu Santo a la Iglesia parroquial mayor de esta Villa, a quien acompañaron las Comunidades eclesiásticas de esta Villa; y tanto en la Iglesia de dicho Convento, como en la procesión vi presidir con estola y capa a el Ldo. D. Juan de Ortega, Cura de dicha parroquia mayor, de cierta ciencia y paciencia de los otros dos Curas y sin que lo contradicieran: y a pedimento de dicho D. Juan de Ortega doy el presente que firmo y signo en la Villa de Guadalcanal a catorce de Noviembre de mil setecientos cincuenta y cinco = En testimonio de verdad, Francisco Morales Cejuela”. (63)
En 1757, se trajo la Santa Imagen por necesidad de agua.
En 29 de Abril de 1759, falleció D. Nicolás Ortega y otorgó su mujer en 24 de Junio (64) siguiente testamento a su nombre, en virtud de poder que uno y otro otorgaron ante Francisco Muñoz Durán, escribano en 1º de Diciembre de 1749, para que el que sobreviviera de los otorgase testamento; “porque en buena salud nos comunicamos uno a otro nuestra última voluntad y todas las cosas que para el descargo de nuestra conciencia convenía se practicaran después de nuestro fallecimiento, dedicadas a obras pías y fundaciones, mandas y legados y todo lo demás que tuvimos por conveniente para el bien de nuestras almas.”
El testamento es de sumo interés. ¡Lástima que dificultades de todo orden como surgieron, ya en vida de la viuda, que pasó a segundas nupcias casando con D. Diego de Morales, ya por parte del gobierno que se incautó de cuantiosas sumas, impidieran el cumplimiento de la voluntad de D. Nicolás de Ortega!
Entre otras mandas y legados píos, dejó ciento cincuenta ducados al convento de San Francisco de la villa “con el cargo y obligación de mantener en él un religioso erudito, apto y útil para educar en buenas costumbres y rudimentos de nuestra Santa fe y enseñar la gramática a religiosos y a todos los hijos de este pueblo que quieran estudiarla; nombrando por patronos a los Hermanos mayores de la Hermandad del Sr. San Pedro, y por Administrador al Mayordomo de la misma: y que se diesen en cada un año otros doscientos ducados al mismo convento “con la obligación de mantener en él, el tiempo que fuese regular de cada año, cátedra de filosofía para los religiosos de la provincia y para todas las personas vecinas de esta villa que quiera estudiarla.”(65)
Por escritura de 1º de Noviembre de 1756 había fundado una memoria de tres Misas cantadas en el Convento de S. Francisco gravando una parte de casa que tenía en la calle San Sebastián con un ceso de 900 reales de principal y 27 de renta anual.
La cláusula referente al Santuario de Guaditoca dice así: “También me comunicó que respecto de que la administración de la ermita de Ntra. Señora de Guaditoca le pertenece a D. Pedro de Ortega y Arjona, para la que necesita la casa que por sus legítimas tocó a dicho mi marido con puerta y tribuna a ella, se le dé por vía de legado, después de los días de mi vida: pues estos durante he de poder usarla y disfrutarla, y después gozarla por la suya solamente; la que faltando pase a el sucesor de dicha administración con el huerto, vegas y demás pertenencias: y así ha de ir de unos en otros sucesivamente, y por si por algún caso perdiere este derecho y saliese de la familia, fue su voluntad pase el goce de dicha casa, vegas y huerta a dicha milagrosa Imagen; para que con su alquiler se ayude a su mayor culto: lo que declaro así para que conste.” (66)
Esta casa, tan necesaria para atender y asistir al Santuario, ha sido vendida; así como las tierras que con tan elevado fin dejó D. Nicolás: habiendo estado algunos años sin santero la ermita hasta que se habilitó con este objeto el portal adosado al muro sur del Templo.
¡Tan sin piedad ha sido tratado el Santuario en el siglo XIX!
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jueves, 4 de febrero de 2010

CAPÍTULO VIII (1ª Parte)

D. Nicolás de Ortega y Toledo obtiene la Real Cédula nombrándolo Patrono.- Disposición del Consejo sobre ajuste de cuentas.- Calamidad de 1753 – Auto de visita del mismo año.- Muerte de la Marquesa de San Antonio.- Mandas a favor de Ntra. Sra. de Guaditoca.- El terremoto de 1755.- Acuerdos de la Villa y de la Clerecía.- Sequía de 1757.- Muerte de D. Nicolás.- Legado a favor del Santuario.

Sucedió a D. Alonso de Ortega en los derechos de la familia su hermano D. Nicolás, recayendo en él el cargo de Alférez mayor de la villa. Casó dos veces; la primera con D.ª Isabel de Ortega Arjona Morales y Toledo, sobrina carnal suya, como hija de D. Juan su hermano; (53) y la segunda con D.ª María Sánchez de Arjona y Boza, natural de Fregenal e hija de D. Joaquín Sánchez de Arjona y Boza y de D.ª Isabel Boza de Chaves y Ponce de León, su mujer, Condesa de Río Molinos. (54)
Al morir el Marqués su hermano, y finalizado el asunto de la aprobación de las cuentas, que presentó la Marquesa viuda, el Vicario general habiendo visto lo dispuesto en la Real Cédula de Felipe V y teniendo presente que el derecho de patronato debía recaer en D. Nicolás de Ortega, como descendiente directo de D. Alonso Carranco y en quien concurrían las mejores circunstancias, le nombró, por auto dado en la villa en 4 de Abril de 1748, Administrador interino, con la obligación de obtener el título correspondiente y disponiendo se le hiciese entrega del caudal y bienes de la Virgen, firmando el oportuno recibo. En el mismo día D. Nicolás, “dijo que aceptando, como acepta el nombramiento de administrador interino del Santuario de Ntra. Señora de Guaditoca, desde luego se daba por entregado en todas las alhajas que constan del inventario, que se halla en los autos, y de ellas otorga recibo en forma, siendo su ánimo y voluntad que se mantengan en poder de la señora Marquesa de San Antonio de Mira el Río, su hermana, constituyéndose como se constituye obligado a responder por todo como si realmente y con efecto hubiesen pasado a su poder.”(55)
Honra a D. Nicolás esta conducta para con la Marquesa, la cual seguramente agradeció el que se le confiara con tanta delicadeza la custodia de las alhajas y demás ropas del Santuario y de la Santa Imagen, pudiendo seguir atendiendo muy de cerca a las necesidades del uno y de la otra.
Dispuso el Vicario general en 7 de Junio, estando en Valverde, que se consultase al Consejo de Órdenes la conveniencia de mandar que los Administradores del Santuario diesen cuenta de su administración cada tres años “que haciéndose así correrán con toda claridad; pues aunque el Administrador que dejé nombrado es de todo abono y satisfacción, podrá recaer en alguno que no tenga dicho abono.” A 21 de Junio dio contestación el Consejo a la comunicación del Vicario, aprobando su gestión y disponiendo se den las cuentas del Santuario en la visita trienal. (56)
Acudió D. Nicolás al Rey y obtuvo la Real Cédula nombrándole Administrador perpétuo del Santuario, como lo fue su hermano y se expidió en el Buen Retiro por Fernando VI en 19 de Abril de 1750. (57)
En el año 1753 fue grande la calamidad que padecía la villa por falta de lluvias, acudiendo, como de costumbre, a la intercesión de la Santísima Patrona de la villa, para obtener remedio a la necesidad. Acordó el Ayuntamiento en 18 de Abril traer la Santa Imagen de Guaditoca para hacer novenario de rogativas como es práctica, y nombró comisarios a D. Diego y D. Pedro de Heredia, regidores, D. Alonso López, D. Antonio del Castillo Céspedes, D. Luis Hidalgo Caballero, Francisco Monsalve Ponce y D. Basilio de Arana: y por otro auto de 21 del mismo mes, teniendo en cuenta “que el pueblo se haya muy afligido y pobre por la continua esterilidad de los campos, de suerte que los caballeros comisarios no se atreven a pedir limosna por las calles, como ha sido costumbre siempre que se ha traído a esta Villa, y deseando sus mercedes coadyuvar al culto y mayor decencia de las funciones, desde luego acuerdan que de el caudal de propios se saquen trescientos reales vellón y se entreguen a los Comisarios de dicha Imagen.”
De la Visita de 1753, que practicó D. Fernando Quintano, del Orden de Santiago, Vicario general de San Marcos de León, no ha llegado a nosotros más que un mandato, el décimo, referente a la Stma. Virgen, inserto entre los generales de la Visita. (58) Dice así: “Que siempre y cuando que se ofrezca que Nuestra Señora de Guaditoca se traiga a dicha Parroquia mayor de rogativa o por otro cualquier motivo, no se consienta por el cura, o su teniente, que en la Iglesia se haga función alguna de angelitos, ni otra, que cause o sea causa de ruidos; por extraerse los fieles de la atención y consideración con que deben estar en el Sto. Sacrificio de la Misa; lo que así haga ejecutar y cumplir; pena de cincuenta ducados vellón en que incurra por cada vez, los que se aplicarán para mayor caudal de la fábrica de la parroquia.” (59)
Nuevamente hemos de hacer memoria de la Marquesa de San Antonio; en el año de 1754 a 6 de Febrero, bajó al sepulcro. Tan egregia y piadosa dama, con su caridad para con los pobres, su religiosidad y largueza para el culto divino y sus buenas prendas dejó un nombre imperecedero. En 3 de Diciembre de 1753 otorgó testamento cerrado, y dice que lo hace “bajo el amparo y protección de la Reina de los Angeles María Santísima del Mayor Dolor, que ha sido y es mi amparo, refugio y guía.” (60)
La cláusula referente a la Virgen de Guaditoca dice así: “Y conformándome con la voluntad de dicho mi querido difunto marido, es la mía en primer lugar fundar, como por el presente fundo una capellanía eclesiástica colativa, servidera en la Ermita de mi Madre y Señora María Santísima de Guaditoca, que está en término de esta villa, su principal Asilo en las necesidades; antigua devoción y patronato de dicho mi Esposo y su familia: dejo y señalo por bienes y dote de este beneficio eclesiástico las casas principales en que vivo en calle Camachos, y ciento y cincuenta reales de vellón de renta anual perpetua para siempre jamás, que cargo y sitúo sobre la bodega que tengo en la calle de San Bartolomé, de esta villa, lindando por arriba con bodega de anejar vinos de mil hermano don Nicolás de Ortega y Toledo y por abajo con casas de los Herederos de Francisco Rocho, difunto, cuyos bienes se erigirán de profanos en eclesiásticos, para que no se puedan vender ni enajenar.
Y ha de ser de la obligación del capellán decir por sí mismo en dicha Ermita misa, como entre nueve y diez de la mañana, todos los Domingos y fiestas en que obliga el precepto de oír misa, desde el día de Señor San Pedro y San Pablo, 29 de Junio, hasta el último de Diciembre de cada año, que son los días festivos en que falta misa dotada en la citada ermita; y también ha de ser obligado a dar el pasto espiritual de la confesión y explicación de la doctrina cristiana a los fieles que a ella concurren dichos días, que suelen ser los pastores y gente rústica de aquella comarca.”