miércoles, 13 de julio de 2011

Capítulo XIV (2ª Parte)

Había dispuesto el Ayuntamiento en 1839 que permaneciese la venerada Imagen de nuestra Señora de Guaditoca en la Parroquia de Santa María, a causa de la guerra civil; el Patrono D. Francisco de Ortega (94) en 25 de Mayo solicitó el traslado a su Santuario, porque “nadie ignora que mientras nuestra Señora permanece en su Ermita concurren los pueblos inmediatos, con bastante frecuencia a tributarle culto. Tampoco desconoce nadie que las mismas poblaciones por la estada de la Virgen en su casa contribuyen en diferentes épocas del año con varias limosnas que, aunque escasas, al menos producen algún tanto para ayudarse a mantener los dos ermitaños que existen: mas si se insistiese en que la Señora permanezca en la población, necesariamente se retirarían y sería preciso cerrar la Ermita y de aquí la ruina de ella, por falta de cuido y aseo, se acabaría el culto y fervor de los pueblos comarcanos y en poco tiempo el renombre de la Virgen de Guaditoca concluiría”. No accedió el Ayuntamiento a esta petición, denegándola al siguiente día “en atención a continuar la guerra fratricida que tango nos aflige, y que es muy probable pueda acontecer algún fracaso si existiese en la Ermita por las partidas facciosas que circulan por la provincia de Extremadura”

Después de la feria de 1840 se dispuso la traslación de S. Imagen a su Templo; mas en 13 de Junio acudían al Ayuntamiento D. Gonzalo Canelo, Cura propio de Santa María, Don José Dávila, D. Francisco Martos, Don Francisco Venero, D. Ignacio Vázquez, Don Ramón Molsalve, D, Juan M.ª Vázquez, José Rodríguez, Juan A. Morente, Antonio Rivero, José Marín, Antonio Fontán y Morente “por sí y en nombre de otros muchos vecinos de esta población” en súplica de que permaneciese la Sagrada Imagen en la villa en atención a que “no han cesado las circunstancias de la guerra que motivaron la venida de dicha Patrona”.
El mismo día, ya “reunidos en la sala consistorial los Señores presidentes e individuos del Ayuntamiento de ella con el fin de pasar a la parroquial de Santa María, y acompañar a la Patrona, nuestra Señora de Guaditoca, al Espíritu Santo, para su traslación a su Santuario en el día de mañana, según está determinado por acuerdo del 6 del corriente, se presentó el antecedente memorial por las personas que suscriben, el que visto por el Ayuntamiento, estando discutiendo el punto, se acercaron a la sala consistorial varias personas con la moderación debida, y manifestaron que el pueblo en general deseaba la permanencia de la Patrona, como auxilio y único apoyo en sus necesidades, y que reunido en la plaza pública así lo solicitaban y suplicaban a la autoridad se les concediere la gracia, máxime cuando en tu totalidad no habían cesado las causas porque se determinó que dicha Sagrada Imagen subsistiese en ésta: en tal estado el Sr. Alcalde primero, con la asistencia de mi el Secretario, pasó a dicha plaza pública con el objeto de inspeccionar el sentir común, y habiéndosele presentado la mayoría del pueblo en un número considerable y reiterado las súplicas, repitiendo los motivos que tienen expuestos, dicho Señor les contestó que pasaba al Consistorio y que probablemente se accedería. En efecto se retiró su merced a la sala Consistorial e hizo presente lo ocurrido y aún cuando varios señores del seno no prestaron su conformidad a la permanencia de dicha Sagrada Imagen, sus mercedes los dos alcaldes, (95) habiendo oído de nuevo al Síndico (96) que suscribe, que reitera la solicitud del pueblo, conociendo que este lo ha hecho con el derecho y respeto debido a la Autoridad, y llevado del fervor que tienen a su Patrona, por la vía gubernativa, estando como está a sus mercedes recomendada la tranquilidad pública, para evitar males de trascendencia, que acaso de otra cualquiera determinación pudieran resultar en no conceder al pueblo la gracia que apetecen, desde luego mandaron permanezca por ahora la Imagen en la Iglesia Parroquial de Sta. María de la Asunción, la mayor de las de esta Villa, sin perjuicio de lo que el Ayuntamiento pueda disponer en lo sucesivo.”


En 20 de Junio de 1840 D. Francisco de Ortega visitaba de nuevo al Ayuntamiento “para que sin demora se proceda a la traslación de nuestra Señora a su Ermita, como ha debido serlo ya”; esta solicitud se leyó en la sesión municipal de 24 del mismo mes y el Ayuntamiento remitió el asunto a los Alcaldes para su resolución: fue esta favorable a la petición, señalándose para la traslación los días 9 y 10 del siguiente mes.
Llegó el día señalado y D. Juan M.ª Vázquez, D. Rafael de Arcos y D. José Galindo “por si y en nombre de otros varios devotos, animados de los mejores sentimientos religiosos y bien de la Nación”, acudieron en súplica al Ayuntamiento para que permaneciese la Venerada Imagen en el pueblo hasta la pacificación de España, que parecía próxima y “ya que por medio de la intercesión de nuestra Señora de Guaditoca, Patrona de esta Villa, nos hemos librado de los estragos y horrores que esta misma guerra ha ocasionado a otros pueblos, que luego que llegue este día, tan deseado de todo buen español, se celebrara en acción de gracias a esta misma Patrona, en la forma que V.S. lo estime por conveniente, una función solemne.”


Reunióse el Ayuntamiento en el mismo día y se acordó acceder a la anterior petición.
Continuó el mismo estado de cosas en el siguiente año; y en el de 1842 a 26 de Mayo instaba nuevamente D. Francisco al Ayuntamiento a que dispusiese la traslación de Nuestra Señora de Guaditoca a su Santuario con la siguiente solicitud:
“M. I. A. C. – D. Francisco de Ortega y Ayala, vecino de esta Villa, Patrono por justos y legítimos títulos de la Imagen y Ermita de Nuestra Señora de Guaditoca, ante V. S. con el debido respeto digo: Que en el año anterior de 1840 a consecuencia de solicitud por mí presentada al Ayuntamiento dispuso éste en el mes de Junio, conciliando con los innegables derechos que concedió S.M. a mis antecesores, y con la petición de este procomunal, permaneciese nuestra Señora en la Iglesia de Santa María, hasta que concluyese la guerra civil que aún estamos experimentado; y sin embargo de conocer el perjuicio que se irrogaba a dicha Señora por carecer de culto que fervorosamente le hacían sus devotos permaneciendo en el Santuario, contribuyendo para ello con continuas limosnas: como quiera que ya se tiene noticias de la pronta y feliz terminación de la guerra, no tiene inconveniente en asentir a aquella disposición que firmé con el Ayuntamiento.


A V. S. consta que habiéndose trasladado la feria que se celebraba todos los años en la Ermita a esta población, pasada aquella, se restituya la Señora a su propio local, sin más formalidad que ponerse de acuerdo con el señor Cura Párroco de Santa María, y solo cuando intervenía el Ayuntamiento para acordar su traslación era en los casos que venía por necesidad. Nadie ignora que conviene mejor permanezca la Señora en la Casa, que fuera de ella porque los pueblos inmediatos concurren con frecuencia a tributarle culto (de que carece en esta población como es público) y aquellos contribuían con algunas limosnas que aunque escasas ayudaban a la manutención de los ermitaños. También es un hecho notorio, que durante la permanencia de la Virgen en esta Villa, han cesado aquellas limosnas y que si continúa será preciso que los ermitaños se retiren por carecer de subsistencia: y de aquí la ruina de la Ermita por falta de cuidado y aseo: cuyos lamentables extremos no me es posible tolerar, ni tampoco el que se me despoje de una propiedad concedida a mis antecesores por S. M. como consta de documentos que conservo: En tales circunstancias = Suplico a V. S. se digne disponer la traslación de nuestra Señora a su Santuario (y de mi propiedad) según viene de costumbre, mediante a que han cesado las causas que motivaron su permanencia en ésta: en lo que dará V. S. una prueba de su celo y decisión al culto de nuestra Señora, y al mismo tiempo de su imparcial rectitud bien justificada. Mas, si lo que no es de esperar, no asintiese V. S. a esta solicitud, se servirá mandar se me libre testimonio de este escrito y acuerdo, como también del celebrado en Junio de 1840, para hacer ver mi derecho ante quien corresponda. Guadalcanal Mayo 26 de 1842. = Francisco de Ortega.”

No podemos dejar de hacer alguna advertencia acerca del documento: en él afirma D. Francisco de Ortega que el Santuario es de su propiedad: afirmación gratuita que no debe pasar sin protesta. (97) Bien pudo exigirle el Ayuntamiento, tan celoso de sus fueros años anteriores, que cesara en la Administración, la cual en derecho no podía ejercer, por no haber obtenido Real Cédula, sin embargo la respuesta fue muy dura, poniendo muy a las claras cual era el estado del Santuario, en su acuerdo del día 27, que dice así:
“Que teniendo noticia esta corporación que la Ermita de nuestra Señora de Guaditoca no se halla con el aseo, limpieza y seguridad que se exige para la traslación de la sagrada Imagen y su permanencia en dicho local, hágase entender al recurrente que luego que se verifiquen estos extremos, y dé parte de haberlo realizado, se acordará lo conveniente.
En 1845 ya estaba la Santa Imagen en su Santuario (98); alguna reparación se hizo en él por aquellos años, y a ella contribuyeron, como siempre, los devotos de nuestra Señora de Guaditoca; de lo cual algo se dirá en el siguiente capítulo.
En los años 1846 y 1848, se trajo la Santa Imagen para la feria y fiesta de nuestra Señora, y lo mismo se hizo en el de 1850.