jueves, 17 de junio de 2010

CAPÍTULO X (2ª Parte)

" ... Al siguiente día, se reunió el Ayuntamiento y los Comisionados hicieron relación de su visita al Vicario; y el Corregidor dijo que en el día anterior D. Paulino de Caro, cura de Santa María dirigió carta al Ayuntamiento, la que entregó en la audiencia del Vicario, en la cual “haciendo presente a este Ayuntamiento que la disposición de traer dicha Soberana Imagen a otra parroquia le parece ser un perjuicio de la suya y de su ministerio y que esto procede de algunos resentimientos; deseoso de contribuir por su parte al honor y respeto de su Iglesia y al del Ayuntamiento, le ha parecido manifestar su buen deseo en los términos que lo ejecuta, ofreciéndose desde luego a los medios que este Ayuntamiento tenga por conveniente al logro del fin de la concordia que se propone.” Enterado el Ayuntamiento de la buena disposición del Párroco acordó: “a que traiga y coloque la Soberana Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca a la dicha parroquia de Santa María, para la pública deprecación que está decretada y funciones que se acostumbran en la próxima pascua de Pentecostés.”
En sesión de 7 de Mayo de 1788, el Sr. Corregidor dio cuenta de un papel del Vicario que se le entregó el día anterior por D. Juan de Tena, presbítero con cubierta a los señores Justicia y Regimiento de ella, dando las gracias a este Ayuntamiento por la condescendencia con que atendió a la solicitud del cura de Santa María que este hizo por mediación de aquel: se acordó traer la Virgen al día siguiente. Se nombraron Comisarios a D. Cayetano de Ayala, D. Pedro Tena y Cote, don Luis Castilla y Monsalve y D. Manuel Hidalgo; y como algún capitular anunciase que el Vicario había dado orden, pena de excomunión mayor, de que no repicasen las campanas, se dispuso “se pase oficio fin de que manifieste si es o no cierta y dirigida a impedir la resolución del Ayuntamiento, o motivada por otra causa diversa, y resultando ser cierta y encaminada a impedir o suspender lo resuelto, se de cuenta para acordar los recursos conveniente; y no siendo se cite a dicho Párroco, para hora de las tres de la tarde, a fin de tratar y conferir lo conducente”.


En el mismo día cumplió el Escribano su cometido y el Vicario D. Juan de Gálvez Rubio, presbítero, le respondió: “que por justas causas y motivos, que se reserva en sí, y expresará en caso de que por escrito se la pase oficio por el Iltre. Ayuntamiento, ha dado providencia para que se hiciese saber (que con efecto se habrá hecho) a los tres Párrocos y sacristanes de esta Villa, no echen el toque de campanas para el efecto de traer al pueblo la soberana Imagen de Ntra. Sra. De Guaditoca hasta que a esta Señora se le hagan en su Ermita las funciones que se acostumbran hacer en la próxima Pascua de Pentecostés; y que tampoco se remueva dicha Soberana Imagen hasta pasado dicho tiempo.”
Celebró el Ayuntamiento nueva sesión, y oído lo anterior, acordaron suspender la traída de la Virgen y acudir al Real Consejo.
En el mismo cabildo se leyó un pedimiento del Alférez mayor, D. Juan Pedro de Ortega, administrador perpetuo del Santuario, pidiendo se suspendiera el acuerdo de traer la Imagen porque ya llueve y está próxima la feria, y no recayó acuerdo por haberse tomado ya; pero afirmó el Cabildo “que no se conoce el derecho, ni privilegio de la feria que se supone.”


En la sesión de 11 de Mayo se leyó un oficio del Vicario, fecha 10, en el que da cuenta de que “tiene determinado que en el día 14 del corriente, todo el estado eclesiástico, así secular como regular de ella, traiga la sagrada Imagen de Ntra. Sra. De Guaditoca a la Parroquia de Santa María, como lo tienen determinado este Ilustre Ayuntamiento, cuya venida hará anunciar con repique general de campanas, a fin de que se sirva continuar con la pluvia; lo cual hace presente a esta Villa, para que, si fuere de su agrado, contribuya al obsequio de dicha Señora, como lo tienen de costumbre”. Acordó la Villa, después de mucha reflexión, que “por no causar nuevos embarazos, ni exponerse a mayores desórdenes, deja correr la violencia y desprecio que se le hace de sus facultades, para reclamarlas en tribunal competente.
El Corregidor recibió dos papeles, uno fecha 11 que se le entregó después de la diez de la noche por el escribano Antonio Melgarejo, y el 2º en la tarde del 14 por la misma mano, ambos del Vicario D. Juan Gálvez Rubio; el 1º relativo a traer la Virgen y el 2º de haberla traído en el mismo día, y de ellos dio cuenta al Ayuntamiento en 15 de Mayo, y protestó este nuevamente “sin perjuicio de los obsequios que son propios de la devoción y fervor de cada uno de los señores Capitulares, que hallan un nuevo embarazo en la disposición de la procesión general que se propone por dicho señor Vicario para trasladar la soberana Imagen desde la Iglesia del Convento de religiosas, en que parece haberse depositado, a la de Santa María; y que obteniendo este Ayuntamiento de la superioridad la resolución conveniente, se procederá en

su observancia a la ostentación de sus particulares obsequios y que de ello se pase al Sr. Vicario testimonio.”

Parece (no está en las comunicaciones del Vicario) que el pueblo fue el que dispuso traer la Virgen, “que hubo conmoción de parte del pueblo y sexo femenino y promulgación de censuras por la improvisada orden de hacer retroceder la Imagen a su Ermita”.
Un Capitular, D. Pedro de Galves, “por evitar la nota de no concurrir la Villa a la procesión general, dijo le parecía conveniente que concurriese.”
Terminó tan enojoso asunto en la sesión que celebró el Ayuntamiento en 16 de Mayo, a la que concurrieron el Vicario y el Cura de Santa María D. Paulino Rafael de Caro, y si bien las explicaciones que ambos dieran de los sucesos pasados no eran lo satisfactorias que los Regidores deseaban, “por respeto a dicha soberana Imagen y en demostración de la benignidad con que el Ayuntamiento abraza la explicada satisfacción, aunque limitada, y oye la intercesión y súplica de dichos Sres. Vicario y Cura, conviene el Ayuntamiento en asistir en cuerpo de tal a las funciones que son de costumbre en dicha parroquia y a la procesión general, que se resolvía y resolvió se ejecute en el día de mañana; y a su efecto acordaron llevar adelante el nombramiento de comisarios que tienen hecho, y que se publique así para que conste al pueblo y para el aseo de las calles, reservándose el Ayuntamiento para después lo conducente a la prosecución de sus derechos."


Falleció D. Juan Pedro de Ortega en 18 de Octubre de 1788, dejando cuatro hijos, llamándose el mayor D. Francisco de Ortega y Tena, y la viuda, D.ª María Teresa de Tena obtuvo el nombramiento judicialmente de tutora y curadora de ellos, y en su consecuencia como representante legal de su hijo mayor don Francisco, tomó posesión de los vínculos y demás derechos que a este correspondían. "